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Tras una larga batalla jurídica, la justicia italiana reconoce el matrimonio de una mujer transexual con otra mujer

Sábado, 25 de abril de 2015
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cassazioneImportante sentencia de la Corte Suprema de Casación de Italia, según la cual el matrimonio de Alessandra Bernaroli (una mujer transexual) con otra mujer es válido a todos los efectos. La sentencia, que pone punto final a un largo litigio, aplica lo ya determinado por la Corte Constitucional hace un año: que la norma que obliga a disolver un matrimonio cuando uno de los cónyuges es reconocido como de sexo contrario al que tenía legalmente cuando lo contrajo es inconstitucional. La actuación de la justicia italiana deja de nuevo en evidencia a su clase política, incapaz hasta el momento de aprobar una ley que equipare los derechos de las parejas del mismo sexo.

La historia de Alessandra Bernaroli la venimos contando desde 2009: tras cinco años de matrimonio, el cónyuge que ante la sociedad era el marido se sometió a un proceso de reasignación de sexo para acomodar su cuerpo a su identidad femenina. Su matrimonio con otra mujer, al que ninguna de las dos quería poner fin, quedaba sin embargo disuelto en virtud de la normativa italiana que regula la modificación registral de sexo, que data de 1982 aunque fue modificada parcialmente en 2011. La pareja divorciada a la fuerza inició una batalla legal. Un tribunal de primera instancia les dio la razón pero en 2011 la Corte de Apelaciones de Bolonia consideró que las mujeres estaban en efecto divorciadas.

La pareja, que ha sido asesorada por el colectivo de abogados LGTB Rete Lenford, recurrió ante la Corte de Casación, que solicitó a la Corte Constitucional que aclarara la situación. Esta declaraba por fin en 2014 que la norma que obligaba a disolver sin más el matrimonio de la pareja era inconstitucional, argumentando como causa de inconstitucionalidad que la norma no prevé una regulación jurídica de la convivencia entre las dos personas “que tutele adecuadamente sus derechos y obligaciones” con la modalidad que el legislador decida (puedes acceder al texto de aquella sentencia, la 170/2014, pinchando aquí). La Corte Constitucional invitaba así al Parlamento italiano, de forma bastante explícita, a regular la situación de las parejas del mismo sexo.

Sin embargo, el texto de la sentencia de la Corte Constitucional no entraba en si el matrimonio de Alessandra seguía siendo válido o no, y de hecho era posible encontrar interpretaciones opuestas en los medios. Debía ser la Corte de Casación, de la que partió la consulta a la Corte Constitucional, la que determinase qué hacer en su caso concreto. Y finalmente la Corte de Casación ha optado por considerar nula la separación y dar validez a todos los efectos al matrimonio de Alessandra y su esposa hasta que exista una figura jurídica que les permita ejercer sus derechos como pareja (puedes descargar íntegramente la nueva sentencia, 8097/2015, pinchando aquí).

La sentencia, conviene aclararlo, no supone el reconocimiento general del matrimonio entre personas del mismo sexo, pero deja claro que para la justicia italiana las parejas del mismo sexo merecen una protección jurídica que el actual marco legal italiano no les da. Sigue, en este sentido, la estela de otras sentencias previas, como la de marzo de 2012, cuando la Corte Suprema de Casación italiana determinó que las parejas del mismo sexo tienen derecho a una vida familiar con los mismos derechos que las parejas de distinto sexo, o la más reciente de febrero de este año,  que determinó que la negativa a permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo no viola la Constitución italiana (ninguna sorpresa: ya la Corte Constitucional dictaminó en 2010 que la Constitución italiana no obliga a reconocer el matrimonio igualitario, aunque tampoco impide que pueda ser aprobado) pero insistía en que bajo una forma u otra los derechos de las parejas del mismo sexo deben ser reconocidos.

Algo que el Parlamento italiano aún no ha hecho, pese a disponer de una mayoría teóricamente suficiente salida de las elecciones de 2013. Significativa es la posición del primer ministro italiano, Matteo Renzi (Partido Democrático), que el pasado verano supeditaba la aprobación de una ley de uniones civiles al éxito de su paquete de reformas políticas. Veremos lo que sucede finalmente. Por el momento, el proyecto presentado por la senadora Monica Cirinnà en junio de 2014, que reconocería a las parejas del mismo sexo su derecho a contraer una unión civil con derechos similares a los del matrimonio salvo la adopción conjunta (sí permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción de los hijos que ya tenga la pareja) ha recibido el visto bueno de la Comisión de Justicia del Senado, pero aún le queda una larga rodadura.

Fuente Dosmanzanas

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El Constitucional italiano se pronuncia sobre el “divorcio forzoso” de una mujer transexual invitando a legislar las uniones del mismo sexo

Lunes, 16 de junio de 2014
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Lui diventa lei,nozze nulle:"Pronta a chiedere asilo"Importante sentencia de la Corte Constitucional italiana, que ha declarado inconstitucional la normativa que obliga a disolver un matrimonio cuando uno de los cónyuges es reconocido como de sexo contrario al que tenía legalmente cuando contrajo dicho matrimonio. El fallo responde al recurso de Alessandra Bernaroli (en la fotografía), cuyo matrimonio heterosexual pasó a ser un matrimonio entre personas del mismo sexo después de que Alessandra viera reconocida su identidad femenina. En los términos en los que está redactada, la sentencia abre incógnitas jurídicas, pero sobre todo mete presión a la clase política italiana para que legisle, o bien el matrimonio igualitario, o bien una figura alternativa que otorgue derechos a las parejas del mismo sexo.

Contábamos la noticia en 2009: tras cinco años de matrimonio, el cónyuge que ante la sociedad era el marido se sometió a un proceso de reasignación de sexo para acomodar su cuerpo a su identidad femenina. Su matrimonio con otra mujer, que ninguna de las dos quería disolver, pasaba a ser un matrimonio entre personas del mismo sexo, figura que a día de hoy no es legal en Italia, y quedaba disuelto en virtud de la normativa italiana que regula la modificación registral de sexo, que data de 1982 aunque fue modificada parcialmente en 2011. La pareja divorciada a la fuerza inició una batalla legal. Un tribunal de primera instancia les dio la razón pero en 2011 la Corte de Apelaciones de Bolonia consideró que las mujeres estaban en efecto divorciadas. La pareja recurrió ante la Corte de Casación, que solicitó a la Corte Constitucional que aclarara la situación.

Ahora la Corte Constitucional ha declarado inconstitucional la norma que obliga a disolver sin más el matrimonio de la pareja, argumentando como causa de inconstitucionalidad que la norma no prevé una regulación jurídica de la convivencia entre las dos personas “que tutele adecuadamente sus derechos y obligaciones” con la modalidad que el legislador decida (puedes acceder al texto completo de la sentencia, en italiano, pinchando aquí).

El texto de la sentencia no aclara si el matrimonio de Alessandra sigue siendo válido o no (de hecho, es posible encontrar interpretaciones opuestas en los medios). Será ahora la Corte de Casación, de la que partió la consulta a la Corte Constitucional, la que determine qué hacer en su caso concreto. Lo que sí hace la Corte Constitucional es invitar de forma bastante explícita al Parlamento italiano a que regule jurídicamente la situación de las parejas del mismo sexo, y así está siendo interpretado por activistas LGTB italianos, como el presidente de Rete Lenford, Antonio Rotelli.

El Orgullo de Roma reprocha a Renzi sus promesas incumplidas

La sentencia sobre el divorcio forzoso de Alessandra Bernaroli llega pocos días después de que decenas de miles de personas (200.000, según los organizadores) se manifestaran el pasado sábado por las calles del casco histórico de Roma en un multitudinario Orgullo LGTB (“Roma Pride 2014″) que volvió a reclamar el derecho al matrimonio igualitario, a la adopción y a la protección jurídica de la homoparentalidad; medidas efectivas contra la homofobia, la transfobia y la discriminación y la laicidad del estado (ver aquí el documento político). Entre los asistentes a la marcha estuvieron por cierto el alcalde de Roma, Ignazio Marino, y el político abiertamente gay Nichi Vendola, presidente de la región de Apulia.

Los participantes en el Orgullo romano reprocharon también al Gobierno italiano presidido por Matteo Renzi que incluso haya aparcado las tímidas reformas prometidas. Recordemos que Renzi, antes de ser elegido primer ministro pero cuando ya se había hecho con el liderazgo del centro-izquierda italiano, dio a conocer una propuesta de unión civil “de mínimos” considerada decepcionante por los colectivos LGTB. A día de hoy, ni siquiera esa propuesta, muy inferior a los proyectos de matrimonio presentados hace un año ante el Parlamento italiano (y que duermen hoy el sueño de los justos) ha sido discutida. Los organizadores del Roma Pride 2014, de hecho, han elaborado un vídeo con las promesas -por el momento incumplidas- de Renzi tal y como él mismo las desgranó en varias intervenciones públicas.

Mientras tanto, las parejas del mismo sexo en Italia siguen a merced de lo que los tribunales de justicia decidan. Hace unas semanas, por ejemplo, un tribunal de Grosseto ordenaba inscribir en el registro civil de la ciudad el matrimonio de una pareja de gays italianos casada en Nueva York en 2012, en virtud de una sentencia previa de la Corte de Casación que reconoció a una pareja gay casada en Holanda su “derecho a una vida familiar”, a “vivir libremente una condición de pareja” y a beneficiarse de un “trato homogéneo al que la ley asegura a la pareja casada” (noticia que recogimos en 2012). Otras ciudades, como Fano (en este caso a iniciativa de su alcalde saliente, Stefano Aguzzi) ya han comenzado a inscribir los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero. También el alcalde de Nápoles, Luigi De Magistris, ha expresado públicamente su disposición a inscribirlos.

Os dejamos con un interesante reportaje sobre el Roma Pride 2014 incluido en el canal de YouTube de eustachio79:

Fuente Dosmanzanas

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