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El Gobierno de Chile da suma urgencia a Ley de Identidad de Género, incorpora a niños y libera de requisitos a mayores para el cambio de sexo

Sábado, 16 de diciembre de 2017

img_6935-1-710x473-710x350Las indicaciones fueron presentadas por la vocera Narváez en la Cámara de Diputados. Para los mayores de 18 años bastará la solicitud de cambio de nombre y sexo legal en el Registro Civil. Los niños, niñas y adolescentes deberán cursar el proceso en tribunales de familia.

La ministra secretaria general de Gobierno, Paula Narváez, presentó ayer en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados una serie de indicaciones al proyecto de Ley de Identidad de Género y anunció que la presidenta Michelle Bachelet dio suma urgencia a la tramitación de la iniciativa.

Narváez, sostuvo que el proyecto de ley que “tiene una larga historia, lleva cuatro años de discusión en el Senado, está recién iniciando su discusión acá en la Cámara de Diputados (…) Estamos hablando de un sentido, de un sentimiento, de un deseo tan legítimo de tantas personas que necesitan este reconocimiento a su identidad como un derecho”, dijo.

Las indicaciones humanizan y mejoran radicalmente el proyecto de ley incorporando derechos excluidos de la deficiente propuesta presentada al Congreso Nacional hace 4 años y que el luego una parte del Senado se preocupó de seguir manteniendo al margen.

En relación a los mayores de 18 años, las indicaciones del Ejecutivo eliminan todos los requisitos para el cambio del nombre y sexo legal, por lo que bastará la petición ante el Registro Civil, sin judicialización de por medio.

Además, la indicaciones permiten que personas casadas puedan rectificar su partida de nacimiento. Sólo si un miembro de la pareja se opone, el proceso se judicializará.

Para el Movilh “lo más significativo fue la incorporación de los niños, niñas adolescentes, es decir de toda persona menor de 18 años, en el proyecto de ley, además de darle suma urgencia a la tramitación. La celeridad es un compromiso que el Estado asumió con nuestra organización en el marco de una solución amistosa firmada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Festejamos y aplaudimos estos pasos dados por Bachelet, así como el trabajo desarrollado por Narváez para llegar a este momento”.

Las indicaciones señalan que todos los menores de 18 años deberán solicitar el cambio de su nombre y sexo legal en un tribunal de familia. En el caso de los menores de 14 años la solicitud deber ser presentada por el madre o madre o quien tenga el cuidado personal. Quienes tengan más de 14 años y menos de 18 podrán hacerlos por sí mismos.

Sea cual sea el caso, el juez deberá nombrar a un abogado que represente al niño, niña o adolescente. El abogado puede pertenecer a una corporación de asistencia judicial o a cualquier institución publica o privada que se dedique a la defensa de sus derechos.

La solicitud, debe ir acompañada de al menos uno de los siguientes documentos:

  1. Un informe de salud mental referente a la identidad de género del niño,  niña o adolescente.
  2. Una acreditación de que el niño o niña o adolescente  y su entorno familiar recibieron orientación por parte de profesionales de la educación o la salud en los últimos dos años.
  3. Un informe psicólogo o psicosocial que descarte la influencia de terceros.

“En ningún caso el juez podrá decretar la realización de exámenes físicos al niño, niña o adolescente”, sostienen las indicaciones.

Recibida la solicitud, el juez la admitirá a tramitación y citará al niño, niña o adolescente a una audiencia dentro de un plazo no mayor a 15 días

“En esta audiencia el niño, niña o adolescente ejercerá su derecho a ser oído directamente ante el juez o un consejero técnico y manifestará su voluntad de rectificar su sexo o nombre registrales. A su vez se le consultará para que identifique a las personas que lo hayan acompañado en este proceso y puedan dar su testimonio ante el tribunal del tránsito vivido en cuanto a su identidad de género”, señalan las indicaciones.

Oído el niño, niña o adolescente “el juez ordenará la comparecencia del representante jurídico, así como del padre, madre o representante legal o quien tenga legalmente el cuidado personal (…) a una audiencia para que sea oídos”, añaden las indicaciones. “Si el solicitante lo pidiera o el tribunal lo ordenase” se podrá citar también a otros adultos o profesionales que acompañaron en el proceso, indica la propuesta. Habrá una tercera audiencia en un plazo no superior de 60 días después de la anterior para reiterar lo expuesto o aclarar dudas

La sentencia se puede impugnar “de acuerdo con el régimen de recursos aplicable a los asuntos contenidos en materia de familia”. Sólo podrán apelar a la sentencia quienes representen al niño y participaron del proceso legal.

“Llamamos a la Cámara de Diputados a aprobar en breve estas indicaciones para terminar con las injusticias que afectan a las personas trans. Estas indicaciones, que se entienda bien, resguardan el interés superior del niño”, dijo Jiménez.

Las indicaciones fueron hoy rechazadas por el diputado DC Jorge Sabag. “Son horribles, porque sacan a los padres de toda la tuición que puedan tener sobre sus hijos en este proceso de cambio de sexo. No sé como el gobierno se pudo haber ideologizado tanto”, dijo en El Mercurio

El Movilh replicó que “Sabag no leyó el documento o falta a la verdad , pues los padres y madres si son parte importante y decisiva en el proceso. Sus declaraciones son lamentables e inhumanas, pues solo están motivadas por la transfobia. Él es el ideologizado. Estas indicaciones se ajustan a la universalidad de los derechos humanos, al margen de cualquier ideología”.

Fuente MOVILH

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