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La Audiencia de Granada absuelve al padre Román y condena a costas a “Daniel”

Miércoles, 12 de abril de 2017

el-padre-roman-a-su-llegada-a-la-audiencia¿Alguien entiende esto?

El sacerdote, “tranquilo” y “satisfecho”, mientras las acusaciones se plantean recurso al Supremo

Roma reabrirá ahora el caso en su vertiente canónica, en la que hay implicados nueve religiosos

No existe acreditación alguna de los hechos que son imputados al procesado, ni en lo esencial ni en lo accesorio o circunstancial”. Bajo esta premisa, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada despacha el ‘caso Romanones’ de supuestos abusos del sacerdote Román Martínez a un joven de su parroquia con la absolución del cura, en una larga sentencia dada a conocer este martes a las partes en el juicio, que en sus 80 folios niega credibilidad al denuncianteDaniel’ -nombre supuesto-, al que condena al pago de las costas procesales.

(Jesús Bastante).- La Audiencia Provincial de Granada acaba de absolver al padre Román, único acusado en el juicio del “caso Romanones”, considerada la mayor trama de pederastia eclesial de nuestro país. El tribunal, , presidido por el magistrado José María Requena, que está remitiendo la sentencia a los procuradores de las partes, ha condenado también a “Daniel” al pago de las costas del proceso.

El fallo llega después de que el fiscal Francisco Hernández variara su posición y pasara de pedir nueve años de cárcel y una indemnización de 50.000 euros, a solicitar que quedara libre. Había visto, decía, “contradicciones y ambigüedades” en la única víctima, Daniel.

El caso juzgaba los presuntos abusos sexuales que sufrió Daniel durante años en el círculo religioso conocido como los Romanones. Se trataba de un grupo de 12 personas, diez de ellas sacerdotes, de ideas ultraconservadoras y prácticas modernas.

El caso se destapó después de que Daniel escribiera una carta al papa Francisco tras no hallar respuesta en el Arzobispado granadino. Su cabeza, Francisco Javier Martínez, fue reprendido por el Vaticano por no actuar con diligencia y le obligó a abrir una investigación canónica. Francisco llamó personalmente a la víctima, ahora condenada a pagar por la justicia española.

La sentencia, de 80 páginas, y suscrita por unanimidad, resulta tumbativa para Daniel. El fallo apunta a “versiones de los hechos imprecisas y vacilantes” del joven denunciante, al que condena expresamente al pago de las costas de la defensa. Contra la sentencia cabe recurso de casación de cinco días ante el Tribunal Supremo.

La sentencia indica que, a lo largo del procedimiento, especialmente en el acto del juicio, se ha puesto de relieve la “inconsistencia del relato del acusador particular, sin apoyo periféricos alguno y, al mismo tiempo, que determinadas circunstancias que él daba por ciertas e inequívocas, han sido desmontadas a través del material probatorio que obraba”.

La absolución del procesado, indica el fallo, se basa no solo en la falta de pruebas, sino en la falta de convicción que el testimonio de la presunta víctima causa, con “aspectos absolutamente inverosímiles”.

El tribunal también habla de “conducta desleal” del denunciante a lo largo del proceso, al ir aportando datos de manera sucesiva, y ocultando otros aspectos, como su presencia en determinadas fotos o el momento de cese de los presuntos abusos.

El fallo ha sido recibido con “alivio” por el abogado del padre Román, Javier Muriel, quien en declaraciones a Ep ha subrayado que su representado se siente “tranquilo” y “satisfecho” al conocer la decisión del tribunal, que “por esperada no deja de ser grata“.

Por su parte, el letrado de la acusación particular, Jorge Aguilera, ha empezado a analizar la extensa sentencia, de 80 folios, para poder decidir sobre un posible recurso de casación ante el Supremo, puesto que tanto él como su cliente esperaban que fuera condenatoria, según ha señalado el letrado en una primera valoración.

Juan Pedro Oliver, presidente de Prodeni, que ejerce la acusación popular, ha argumentado que “respeta” la sentencia pero no cree que sea “justa”, pues opina que han existido elementos de prueba que podían haber cambiado la valoración de la Sala respecto al relato del denunciante. Oliver ha llamado además a cambiar la ley, los plazos de prescripción en los abusos sexuales a menores y la manera de tomar testimonio a las víctimas para favorecer que salgan a la luz estos casos y las sentencias “sean más justas”.

Lo que sí se sabe es que, una vez se cierre el “caso Romanones” en su vertiente civil, se reabrirá la causa canónica, en la que se investiga no sólo al padre Román, sino a otros nueve sacerdotes. En la actualidad, tanto el líder del clan como otros dos sacerdotes se encuentran suspendidas “a divinis.

El ‘caso Romanones’, en el que se llegaron a practicar una decena de detenciones a quienes se mantuvo imputados hasta que el auto de apertura de juicio oral decretó la prescripción de los presuntos delitos para todo el supuesto ‘clan’ salvo el sacerdote que le daba nombre -Román Martínez-, se salda sin condenas, un desenlace que no se corresponde con la atención mediática que suscitó, en octubre de 2014, al conocerse que el Papa Francisco -a quien ‘Daniel’ dirigió una carta- había llamado personalmente a la presunta víctima para expresarle su solidaridad y animarlo a denunciar el caso. Ahora, la sentencia extiende dudas hasta el propio episodio de la intervención del Papa pues aprecia una contradicción flagrante al encajar las fechas del escrito y la llamada del Pontífice.

Entretanto, el arzobispo de Granada, Javier Martínez, continúa enfermo y sin participar en ninguno de los actos de la Semana Santa de la diócesis. En su lugar, confirma el Arzobispado en un comunicado, las celebraciones litúrgicas corren a cargo del cardenal Fernando Sebastián, quien fuera arzobispo coadjutor de Granada hace décadas.

Fuente Agencias/El Mundo/Religión Digital

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