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La Fiscalía retira la acusación contra Román al no ver “concluyentes” las denuncias de abusos

Miércoles, 22 de marzo de 2017

el-padre-roman-a-su-llegada-a-la-audiencia“Nos hace pensar que existía un clima sexual, pero no tenemos la verdad”, asume Hernández

Las otras partes mantienen la petición de 26 y 15 años de cárcel para el sacerdote, respectivamente

(J. Bastante/Agencias).- La última sesión del caso Romanones ha deparado una notable sorpresa: el fiscal del caso, Francisco Hernández, ha retirado la acusación inicial contra el padre Román, al no considerar “concluyentes” los hechos. Una medida que venía anunciando en determinados corrillos en los últimos días, pero que no contaba con el beneplácito de la Fiscalía Provincial de Granada.

El anuncio de Hernández ha marcado la jornada final del mayor juicio por abusos en la Iglesia española, en una trama en la que llegaron a estar investigados diez sacerdotes y dos laicos, y que finalmente solo prosiguió contra el padre Román, al considerarse prescritos los posibles delitos del resto.

“Desconocemos la verdad. Sólo sabemos que hay 12 declaraciones distintas de las que no podemos concretar nada”, ha declarado Hernández ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Granada.Esto nos puede hacer pensar que existía un clima sexual. Pero no tenemos la verdad acerca de que fuera o no consentido ni si existió con Daniel. Sólo sabemos que hay ambigüedad en las declaraciones y en la acusación”, señaló. “Sin la penetración anal no hay juicio, porque los hechos estaban prescritos en la fecha de la denuncia, ha argumentado el Ministerio Público, que ha apuntado que el “juego de fechas” y el paso de los iniciales “toqueteos” a la penetración impiden considerar probados los hechos.

Es más, el fiscal ha llegado a preguntarse en público, como simple conjetura, si el joven denunciante quiso pagar algún favor con su denuncia que se produjo cuando obtuvo un trabajo en un centro educativo del Opus Dei en Pamplona. Aunque no textualmente, el fiscal si ha hecho referencia indirecta a la posible influencia del Opus Dei y del director espiritual de “Daniel” en el centro educativo navarro en el que trabaja, en la fabricación del relato acusatorio del joven, informa la Ser. RD ha intentado, infructuosamente, recabar la opinión de la Obra, que solo apunta haber seguido las noticias por la prensa.

Tras retirar su acusación inicial, de nueve años de cárcel, se han mantenido las peticiones tanto de la acusación particular, que ha pedido 26 años, de cárcel y la de Prodeni, que solicita 15 años de prisión para el sacerdote. Por su parte, la defensa ha pedido la libre absolución del sacerdote.

La Fiscalía atribuía al padre Román un delito de abuso sexual continuado agravado por el resultado de acceso carnal, por el que, además de los nueve años de cárcel, solicitaba prohibición de aproximarse a la supuesta víctima a menos de 100 metros y de comunicarse durante diez años. En concepto de responsabilidad civil, pedía que el acusado indemnice a la víctima en 50.000 euros por daño moral.

Salvo con algunas modificaciones, la acusación particular, que ejerce el denunciante de los supuestos abusos, ha mantenido su acusación y pide para el padre Román 26 años de prisión.

El letrado del denunciante, Jorge Aguilera, justifica 10 años de cárcel para Román por “acceso carnal” y 16 por dos “dos delitos continuados y relacionados con masturbaciones y felaciones”. En su opinión “han quedado absoluta y perfectamente probados” los supuestos abusos, y ha señalado que el discurso de su cliente ha sido “coherente, lógico, sin ambigüedades ni contradicciones”.

También han mantenido su acusación la acción popular, ejercida por la Asociación Prodeni, que atribuye al acusado un delito continuado de agresión sexual, con intimidación, violencia y prevalimiento y con acceso carnal. “En este tipo de situaciones no puede haber certezas. Están los sentimientos por encima de la razón”, subrayaba Juan Pedro Oliver.

Pide para él la pena de 15 años de prisión, inhabilitación absoluta por 15 años, privación de residir en el lugar en que resida la víctima por 15 años y prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante 15 años, así como una indemnización de 75.000 euros por daño moral. La defensa solicita por su parte la libre absolución y ha reclamado la anulación del expediente canónico.

El juicio ha quedado visto para sentencia. A partir de ahora, serán los tres miembros del Tribunal quienes emitan su veredicto, que se espera para dentro de unas tres semanas.

Fuente Religión Digital/Agencias

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