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Marruecos rechaza legalizar la primera asociación LGTB en solicitarlo

Martes, 31 de enero de 2017

ilf0yqliEl artículo 489 del Código Penal marroquí castiga la homosexualidad con penas de entre seis meses y tres años de cárcel, además de que se enfrenta a una gran reprobación social.

Las autoridades marroquís denegaron la legalización a la primera asociación de homosexuales en Marruecos que la había solicitado, el colectivo Akaliyat (minorías). Akaliyat explicó que el wali (gobernador) de Rabat-Salé rechazó recibir el expediente de parte del presidente de la asociación, lo que equivale a la ilegalización, aunque no se exprese de forma explícita.

El wali explicó a los activistas que su solicitud no respetaba varios dispositivos legales, y dijo que la asociación no informó a las autoridades de la asamblea general constitutiva que habían celebrado el pasado 24 de diciembre. Akaliyat celebró su asamblea constitutiva en medio de un gran secretismo en un acto en el que no estaban presentes tampoco los medios de comunicación y eligió un órgano directivo formado por 24 miembros, antes de solicitar su legalización.

“Nos aferramos a nuestro derecho de constituirnos como asociación (…); seguiremos luchando por las libertades y por dar protección a las minorías”, subrayó Akaliyat, que denunció los “repetidos acosos” que dicen sufrir por parte de las autoridades. La asociación dijo que su línea consiste en defender a “las personas oprimidas por su orientación sexual o religiosa, rechazar la violencia y el extremismo y propagar los valores de tolerancia y convivencia en la sociedad”.

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Akaliyat es la primera asociación de minoría sexual o religiosa en Marruecos que da el paso de pedir permiso para legalizarse, ya que el resto de asociaciones similares operan en la clandestinidad a pesar de la incipiente visibilidad que están adquiriendo en los últimos años.

El artículo 489 del Código Penal marroquí castiga la homosexualidad con penas de entre seis meses y tres años de cárcel, además de que se enfrenta a una gran reprobación social.

La propia ley que regula la creación de asociaciones estipula en su artículo 3 que «es nula cualquier asociación fundada en una causa o en un objetivo ilícito, contraria a las leyes o a la moral pública y que tenga como objetivo atentar contra la religión islámica, la integridad territorial o al régimen monárquico».

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Fuente Agencias/Akaliyat/

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