Inicio > Espiritualidad, General, Iglesia Católica > Casados “en” la iglesia, sin casarse “por” la iglesia, por Juan Masiá

Casados “en” la iglesia, sin casarse “por” la iglesia, por Juan Masiá

Viernes, 27 de marzo de 2015

Zinzi-and-Tozama-II---Serie-Being---Zanele-MuholiDe su blog Vivir y pensar en la Frontera:

(Más sobre la respuesta al Sínodo de Obispos, Cf. Relatio, nn. 52 y 55, Cuestionario nn.38 y 40: nuevo enlace tras divorcio y enlaces homosexuales)

“El matrimonio entre personas no bautizadas y no creyentes, celebrado según el ritual católico, ha sido una de las actividades habituales de la Iglesia en Japón desde hace varias décadas, con la aprobación de la Santa Sede”. Así escribe (en la Respuesta al Secretariado del Sínodo extraordinario de los Obispos, n.2) el arzobispo Peter Takeo Okada, de la diócesis de Tokyo, Presidente de la Conferencia episcopal japonesa.

No es una “boda según el derecho canónico”, sino una celebración religiosa para bendecir el enlace matrimonial contraido civilmente (mediante la inscripción en el registro civil según la ley del país). Se casan “en” la iglesia, pero no “por” la iglesia. Se bendice en la iglesia el enlace de quienes han contraido matrimonio civilmente.

Esta práctica pastoral –que separa claramente el enlace civil y la celebración religiosa- proporciona un modelo para los dos casos siguientes que se desearía fuesen tratados por el Sínodo de los Obispos:

1. Celebración religiosa para bendecir (en este caso sacramentalmente, aunque no sea boda canónica) el nuevo matrimonio civil de católicos/as divorciados.

2. Celebración religiosa de la unión de parejas homosexuales, que han contraido enlace civilmente cuando y según lo determinan las leyes de su país.

Nota: Esta propuesta, que parecerá demasiado radical, es más bien insuficiente. La propuesta radical debería ser sacar los sacramentos por completo fuera del derecho canónico, separar canonicidad y sacramentalidad, no juridificar la vida de fe, o, por lo menos, abolir los cánones 1056 y 1059 … Pero no es previsible, lamentablemente, que la Iglesia vaya a ser capaz de soltar ese lastre pesado de más de diez siglos…por más deseable que sea evangélicamente hablando…(Véase el post de 24 febrero: Ni juridificar la fe, ni sacralizar el derecho).

Espiritualidad, General, Iglesia Católica , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Yo, por supuesto, a petición de los autores, eliminaré el contenido en cuestión inmediatamente o añadiré un enlace. Este sitio es gratuito y no genera ingresos.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un lugar de entretenimiento. La información puede contener errores e imprecisiones.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.